El Ayuntamiento renueva la bandera de la rotonda de la Rambla

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El Ayuntamiento renueva la bandera de la rotonda de la Rambla

La bandera constituye uno de los principales símbolos de una nación, comunidad, provincia y municipio. También forma parte de la simbología de otras instituciones tanto públicas como privadas. No hay encuentro, reunión, recepción, o cualquier otro tipo de acto donde no figuren las banderas, ya sea dentro del ámbito internacional, nacional, autonómico o local.

El uso de las banderas es algo imprescindible si hablamos de temas de protocolo, al margen de su aspecto normativo. Guste o no, la enseña merece el mejor de los tratamientos y su uso en los actos protocolarios debe ser cuidadoso a la par que respetuoso.

Como norma general las banderas oficiales únicamente se deben de utilizar en los actos cuando son organizados por las autoridades o cuando éstas concurren a actos organizados por instituciones no oficiales.

En relación con el uso de la bandera de España, la ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, dispone, en su artículo 3.1, que la bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.

En nuestro país hay quien no siente aprecio o especial inclinación por el contenido legal que regula la materia del uso de las banderas, pero a su vez hay muchas otras personas que profesan sentimientos hacia nuestra enseña, se identifican con ella y reclaman su colocación en puntos importantes de nuestro entorno.

La obligación de cumplir las leyes nos atañe a todos por igual y su cumplimiento no lleva implícito el deber de estima o veneración hacia nuestras enseñas. Nuestro modelo constitucional no contempla el sentimiento a la hora de cumplir con lo legislado sea o no del gusto de quien tiene la obligación de cumplir con ello.

La ley puede ser derogada, pero mientras permanece en vigor conserva su eficacia y debe ser, necesariamente, objeto de aplicación. Es por tanto que este Ayuntamiento como Administración Pública está sujeto a una normativa reglada que consideramos debe cumplirse aunque sólo sea por cuestión de respeto y reconocimiento de las normas.

Con motivo de la celebración de nuestras fiestas patronales, el nuevo Equipo de Gobierno quiere invitar a todos aquellos que quieran acompañarnos el próximo sábado 10 de agosto a las 20:00 en nuestro solemne acto-homenaje de izada de la bandera que tendrá lugar en la Plaza de España.

Os esperamos a todos

¡Viva San Roque!

¡Viva Callosa!

¡Viva España!

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